Protocolo para la Prevención, Atención y Erradicación de Violencias de Género
Documento institucional orientado a prevenir, atender y erradicar la violencia basada en género dentro del entorno federativo, promoviendo la cultura de respeto, protección, confidencialidad y debida actuación.
Versión 20251. Objetivo y alcance
Este protocolo establece medidas estratégicas para prevenir, controlar y minimizar las consecuencias de la violencia basada en género dentro de la Federación Colombiana de Ajedrez. Su aplicación es obligatoria para miembros, deportistas, árbitros, entrenadores y directivos vinculados a la Federación.
Principios orientadores
Respeto Confidencialidad Celeridad Debido proceso Prevención ProtecciónLa finalidad es construir espacios seguros en el ajedrez colombiano, con rutas claras de actuación y compromiso institucional permanente.
2. Marco legal
- Constitución Política de Colombia: artículos 13 y 43.
- Circular Externa 009 de 2020: lineamientos para la prevención y atención de violencias de género en organismos deportivos.
- Sentencia T-212 de 2021: cero tolerancia al acoso sexual y medidas pedagógicas constantes.
- Resolución 000622 de 2023: directrices para adopción e implementación del protocolo.
- Ley 2318 de 2023: prevención y erradicación de la violencia en el deporte.
3. Políticas de prevención
Capacitación periódica
Al menos dos talleres anuales para entrenadores, árbitros, deportistas y directivos sobre equidad de género, nuevas masculinidades y límites de conducta.
Código de conducta ética
Cláusulas específicas que prohíban conductas de acoso y protejan la integridad física y emocional.
Viajes y concentraciones
Regulación estricta de interacción entre adultos y menores, con alojamientos separados y supervisión transparente.
4. Ruta de atención y denuncia
Canal de recepción: fecodaz@gmail.com.
Comisión de género: la recepción, tratamiento y seguimiento de las denuncias está bajo responsabilidad de los Vocales del Comité Ejecutivo.
Máximo 2 días hábiles.
Máximo 10 días hábiles.
Máximo 3 días hábiles.
Máximo 15 días hábiles desde la recepción inicial.
Rutas de atención disponibles
| Etapa | Acción | Responsable |
|---|---|---|
| 1. Recepción | Activación de canal de denuncia seguro. | Federación / Comisión de Género |
| 2. Medidas de protección | Separación inmediata del presunto agresor. | Comité Ejecutivo |
| 3. Primeros auxilios | Remisión a salud y apoyo psicológico. | FECODAZ / EPS |
| 4. Denuncia externa | Notificación a Fiscalía o ICBF en caso de menores. | Representante legal |
| 5. Proceso interno | Apertura del proceso disciplinario. | Comisión Disciplinaria |
Directorio de apoyo y contactos de emergencia
Línea 155
Función: orientación nacional a mujeres víctimas de violencia.
Disponibilidad: atención 24/7.
Línea 123
Función: emergencias inmediatas y auxilio de seguridad.
Detalle: línea única de emergencias.
Fiscalía General de la Nación
Función: denuncias penales formales.
Canal: línea 122.
Comisarías de Familia
Función: medidas de protección urgentes y oportunas.
Confidencialidad
Garantía: anonimato del denunciante y custodia estricta de la información.
5. Procedimiento disciplinario
- 5.1 Investigación previa: recopilación de información y presentación de informe a Presidencia.
- 5.2 Competencia: remisión a la Comisión Disciplinaria.
- 5.3 Resolución: resolución final con sanciones, garantizando el debido proceso.
5.4 Erradicación y seguimiento
Observatorio de equidad
Base de datos con resguardo de identidad para identificar patrones de violencia.
Encuestas de clima deportivo
Evaluación anual anónima a deportistas sobre percepción de seguridad.
Participación femenina
Promoción de mujeres en arbitraje, dirección técnica y cargos directivos.
6. Compromiso de los afiliados
| Área de acción | Acción específica | Plazo / condición |
|---|---|---|
| Adopción estatutaria | Adoptar este protocolo en sus propios estatutos. | No mayor a 90 días. |
| Difusión del canal | Difundir de manera física y digital el canal de denuncias. | En todos los torneos oficiales. |
| Capacitación técnica | Certificar que el personal técnico haya recibido capacitación. | Prevención de violencias de género. |
7. Definiciones
Acoso sexual
Todo comentario o conducta con connotación sexual que genere hostigamiento o asedio.
Connotación sexista
Acciones o comentarios que discriminan, excluyen o estereotipan por razones de género o identidad sexual.
Violencia sexual
Conductas que vulneren el derecho de una persona a decidir sobre su vida sexual mediante engaño, amenaza o fuerza.
