PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LAS VIOLENCIAS DE GÉNERO

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La Federación Colombiana de Ajedrez adopta una política de CERO TOLERANCIA frente a toda forma de violencia basada en género, acoso, discriminación o conducta que afecte la dignidad, seguridad e integridad de las personas dentro del entorno deportivo.

1. Objetivo y alcance

Este protocolo establece las medidas para prevenir, atender, remitir, dar seguimiento y contribuir a la erradicación de las violencias de género en el ámbito de la Federación Colombiana de Ajedrez.

Su aplicación es obligatoria para:

  • Deportistas
  • Entrenadores
  • Árbitros
  • Directivos
  • Funcionarios
  • Ligas y clubes afiliados
  • Personal técnico, administrativo y de apoyo

2. Marco legal

Este protocolo se fundamenta en el bloque constitucional y la normativa vigente para el deporte en Colombia, entre ellas:

  • Constitución Política de Colombia, artículos 13 y 43
  • Circular Externa No. 009 de 2020 del Ministerio del Deporte
  • Sentencia T-212 de 2021 de la Corte Constitucional
  • Resolución 000622 de 2023
  • Ley 2318 de 2023

3. Principios rectores

Toda actuación institucional relacionada con este protocolo deberá desarrollarse con fundamento en los siguientes principios:

Confidencialidad
Debido proceso
Dignidad humana
No revictimización
Enfoque diferencial
Celeridad
Protección integral
Respeto e igualdad
Cero tolerancia

4. Políticas de prevención

Con el fin de fortalecer una cultura del respeto, la seguridad y la equidad, FECODAZ y sus afiliados adoptarán de manera obligatoria las siguientes acciones:

  • Capacitación periódica: realización de talleres, jornadas pedagógicas o espacios formativos sobre equidad de género, respeto, prevención del acoso, masculinidades corresponsables y límites de conducta.
  • Código de conducta ética: inclusión de cláusulas y compromisos expresos para prevenir el acoso, la discriminación y cualquier forma de violencia.
  • Protocolos de viajes y concentraciones: regulación de alojamientos, acompañamiento, supervisión, asignación de habitaciones y protección especial de menores de edad.
  • Difusión institucional: publicación visible del canal de denuncia y de las rutas de atención en medios físicos y digitales.
  • Entornos seguros: promoción de espacios deportivos respetuosos, libres de hostigamiento y discriminación.

5. Conductas prohibidas

Para efectos de este protocolo, se consideran conductas prohibidas, entre otras, las siguientes:

  • Acoso sexual: comentarios, insinuaciones, solicitudes, presiones o conductas con connotación sexual no consentidas que generen hostigamiento o asedio.
  • Connotación sexista: expresiones o acciones que discriminen, excluyan, ridiculicen o estereotipen por razón de género o identidad sexual.
  • Violencia sexual: conductas que vulneren la autonomía y libertad sexual de una persona mediante presión, engaño, amenaza o fuerza.
  • Violencia psicológica: intimidación, humillación, manipulación, aislamiento, amenazas o desvalorización constante.
  • Violencia digital: difusión no autorizada de imágenes, mensajes, insinuaciones, seguimiento o acoso por medios tecnológicos.
  • Revictimización: actuaciones que minimicen, desacrediten o expongan innecesariamente a la persona afectada.

6. Responsables institucionales

  • Canal de recepción: instancia institucional que recibe la información inicial y activa el trámite correspondiente.
  • Vocales del Comité Ejecutivo / Comisión de Género: responsables de la recepción, orientación, seguimiento y articulación institucional del caso.
  • Presidencia: autoridad encargada de convocar, articular y formalizar la respuesta institucional.
  • Comisión Disciplinaria: órgano competente para el trámite disciplinario y eventual adopción de decisiones sancionatorias, garantizando el debido proceso.
  • Representación legal: responsable de la remisión a autoridades externas cuando corresponda.

7. Ruta de atención y denuncia

La denuncia o queja podrá presentarse a través del correo institucional habilitado por la Federación. El trámite se desarrollará bajo reserva y con enfoque de protección.

1
Recepción Ingreso de la queja o denuncia por canal institucional.
2
Protección Activación de medidas inmediatas y prevención de riesgos.
3
Análisis Estudio preliminar de los hechos y elaboración de informe.
4
Decisión Convocatoria institucional y definición de ruta.
5
Seguimiento Remisión, acompañamiento y control posterior del caso.

Canal institucional

Correo de recepción: fecodaz@gmail.com

8. Medidas inmediatas de protección

Cuando la situación lo amerite, podrán activarse una o varias medidas de protección mientras se analiza el caso, entre ellas:

  • Separación preventiva entre la presunta víctima y la persona señalada
  • Restricción de contacto directo o indirecto
  • Reorganización temporal del entorno deportivo o logístico
  • Acompañamiento institucional y orientación sobre rutas externas
  • Protección reforzada cuando existan menores de edad o riesgo de revictimización
  • Remisión inmediata a autoridades competentes si la gravedad del caso así lo exige

9. Procedimiento y tiempos de respuesta

Etapa Descripción Plazo
Recepción y traslado Recepción formal de la denuncia y traslado a los responsables institucionales. Máximo 2 días hábiles
Análisis e informe preliminar Estudio de los hechos, valoración inicial y elaboración de informe de ruta. Máximo 10 días hábiles
Gestión de presidencia y citación Convocatoria al Comité Ejecutivo y formalización de la respuesta institucional. Máximo 3 días hábiles
Respuesta o remisión Información al interesado sobre el estado del trámite o la remisión a la instancia competente. Máximo 15 días hábiles totales

La remisión del caso no implica automáticamente una sanción. Toda actuación deberá ajustarse al debido proceso y a la competencia de la autoridad correspondiente.

10. Procedimiento disciplinario

Ante un caso verificado o que requiera valoración disciplinaria, la Federación articulará la actuación conforme a sus normas internas y al marco jurídico aplicable.

  • Investigación previa: recopilación de información y elaboración de informe.
  • Competencia disciplinaria: remisión a la Comisión Disciplinaria cuando corresponda.
  • Decisión: adopción de la determinación final por la autoridad competente.
  • Garantías: respeto por el debido proceso, la contradicción y la legalidad.

11. Seguimiento y erradicación

Con el fin de evitar que las medidas sean aisladas o temporales, FECODAZ desarrollará acciones permanentes de seguimiento institucional, entre ellas:

  • Seguimiento a los casos por un periodo razonable posterior a la activación de la ruta
  • Registro institucional con reserva de identidad y protección de datos
  • Evaluaciones periódicas del clima deportivo
  • Promoción de la participación de mujeres en espacios técnicos, arbitrales y directivos
  • Fortalecimiento continuo de campañas pedagógicas y preventivas

12. Compromiso de ligas y clubes afiliados

Todas las ligas departamentales y clubes afiliados a la Federación Colombiana de Ajedrez deberán:

  • Adoptar y armonizar este protocolo en sus escenarios organizativos internos
  • Difundir los canales de denuncia en actividades oficiales
  • Promover espacios seguros y libres de discriminación
  • Certificar procesos de sensibilización o formación preventiva
  • Cooperar con las actuaciones institucionales cuando se requiera
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